M., D. E. C/ B., M. G. S/CUIDADO PERSONAL DE HIJOS
El demandante solicitó el cuidado personal compartido de su hijo I. V. M. y un régimen de comunicación sin supervisión. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial modificó parcialmente la sentencia, ampliando el régimen de comunicación, pero confirmando el cuidado unipersonal a favor de la madre.
¿Quién es el actor?
D. E. M.
¿A quién se demanda?
M. G. B.
- Objeto de la demanda: Cuidado personal del hijo y régimen de comunicación.
- Decisión del tribunal: Se modifica el régimen de comunicación, manteniendo el cuidado personal unipersonal a favor de la madre.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En autos no se ha probado la existencia de causa alguna de inhabilidad atribuible a alguno de los padres del niño... debe estarse también a las resultas de la dilucidación de esa causa penal." Además, se resalta la importancia del interés superior del niño y la necesidad de mantener contacto con ambos progenitores, salvo que existan razones graves para limitarlo. La decisión de ampliar el régimen de comunicación se basa en el deseo del niño de tener más contacto con su padre.
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