MELGAREJO ROMINA MERCEDES C/ OUBIÑA PABLO S/ ALIMENTOS
El demandante apeló la sentencia que fijó una cuota alimentaria del 30% de sus haberes netos. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial modificó la decisión, estableciendo la cuota en un 20% y dejando sin efecto la condena en costas.
Actor: Sra. M. Demandado: Sr. O. Objeto: Cuota alimentaria para su hija menor. Decisión: Se modifica la cuota alimentaria del 30% al 20% de los haberes netos del demandado y se imponen las costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La finalidad de establecer una cuota alimentaria en un porcentaje del sueldo del progenitor es, justamente, mantener actualizada la prestación, ya que ésta se incrementará en la misma proporción en que lo hagan sus haberes, y sobre todo evitar la permanente promoción de incidentes de aumento de cuota." "Es preciso advertir que la finalidad de establecer una cuota alimentaria en un porcentaje del sueldo del progenitor es, justamente, mantener actualizada la prestación, ya que ésta se incrementará en la misma proporción en que lo hagan sus haberes, y sobre todo evitar la permanente promoción de incidentes de aumento de cuota." "Desde esta óptica, y en función de los importes detallados como ingresos de las partes, a fin de no comprometer la subsistencia del Sr. O. y poner en riesgo el cumplimiento de los alimentos futuros de su hija, estimo conveniente dejar sin efecto el 30% dispuesto en la sentencia apelada, y mantener como cuota alimentaria definitiva el porcentaje del 20% de sus haberes netos."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: