CHAFFER MARIA JOSE C/ ASCANIO SILVIA MARIELA Y OTRO/A S/ DESPIDO
El tribunal declaró la caducidad de instancia por inacción de la parte actora en un proceso por despido y sancionó a la parte actora con costas, regulando honorarios profesionales. La decisión se fundamentó en la pasividad de la parte actora tras la intimación judicial y en la normativa vigente sobre caducidad de instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, María José Chaffer, no impulsó el trámite del proceso por despido en un período superior a seis meses, tras haber sido notificada en fecha 5/8/2025. La Cámara recordó que la caducidad de la instancia es un instituto que sanciona la inacción del litigante que no inste el avance del proceso, conforme a la jurisprudencia de la SCBA y la ley 15.057, art. 11. La magistrada consideró que la pasividad de la actora ameritaba declarar la caducidad, en virtud de la inacción prolongada y la intimación previa, y expresó que "la caducidad de la instancia, es un arbitrio instituido para sancionar la inacción de los litigantes siempre que se encuentren ante la carga de instar el adelanto del proceso". Además, se resolvió que las costas procesales serían soportadas por la parte actora, y se regularon los honorarios del letrado en la suma de $295.533, con las formalidades y controles de ley, incluyendo la obligación de acreditar el pago de aportes en 60 días. La resolución fue firmada digitalmente, en conformidad con normativa vigente.
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