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SOTO ACEVEDO RAUL EMILIANO C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por accidente de trabajo, autorizando el pago de $5.000.000 y estableciendo condiciones y penalidades en caso de incumplimiento. La decisión se fundamenta en que el convenio no vulnera norma alguna de orden público y se ajusta a la ley laboral, garantizando la composición de la litis y la protección de los derechos del trabajador.

Homologacion de acuerdo Accidente de trabajo Ley 24.557 Convenio conciliatorio Intereses moratorios Costas Honorarios abogados Normativa laboral Ley 15.057 Interes por incumplimiento

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Raúl Emiliano Soto Acevedo, demanda a la aseguradora de riesgos del trabajo Asociaciónart S.A. por un accidente de trabajo y busca la homologación del acuerdo conciliatorio celebrado el 27/08/2025, en el cual la parte demandada se compromete a abonar la suma de $5.000.000. La Cámara, tras analizar el informe médico, los rubros reclamados, y el monto del acuerdo, considera que el convenio cumple con los requisitos de legalidad y equidad, y no vulnera orden público, por lo cual debe ser homologado con fuerza de cosa juzgada. El tribunal destaca que "el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegando a una justa composición de la litis". Además, se establecen las condiciones de incumplimiento, las costas, y los honorarios profesionales, todo en consonancia con los lineamientos legales y jurisprudenciales aplicables.

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