Z. V. A. C/ T. C. F. S/ ATRIBUCION VIVIENDA FAMILIAR
El actor interpuso demanda de atribución de vivienda familiar tras su separación, argumentando la necesidad de habitar el inmueble por el bienestar de sus hijos. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia, rechazando la demanda por exceder el plazo legal para solicitar la atribución.
Actor: V A Z Demandado: C F T Objeto: Atribución de la vivienda familiar Decisión: Se revocó la sentencia de primera instancia y se rechazó la demanda
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Código Civil y Comercial establece que el uso del inmueble que fue sede de la unión convivencial puede ser atribuido a uno de los convivientes en los siguientes supuestos: a) si tiene a su cargo el cuidado de hijos menores de edad, con capacidad restringida, o con discapacidad; b) si acredita la extrema necesidad de una vivienda y la imposibilidad de procurársela en forma inmediata. [...] En el presente caso no es la demora en el trámite del proceso lo que frustró el derecho de la actora, sino que fue su propia conducta y decisión -de ejercerlo cuatro años más tarde del cese de la convivencia y ostensiblemente excedido el plazo legal de articulación
- la que selló la suerte adversa de su petición."
"Resolver como pretende la accionante resulta desajustado a derecho, pues el ordenamiento de fondo es claro y concreto en relación al plazo de otorgamiento de la vivienda y no se aprecian circunstancias excepcionales que ameriten apartarse de la regla."
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