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C M D C C/ D C N U S/ INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA

La actora promovió un incidente de aumento de cuota alimentaria para sus hijas. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia estableciendo que, desde que una de las hijas cumplió 21 años, la cuota a favor de la otra hermana debe ser equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil.

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Actor: M del C C Demandado: N U Di C Objeto: Aumento de cuota alimentaria para las hijas B C y P Di C. Decisión: Se modifica la cuota alimentaria estableciendo que, desde que B cumplió 21 años, la cuota a favor de P será equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El principio de congruencia impone que debe existir correspondencia entre la acción promovida y la sentencia. En este caso, el alimentante no puede ser obligado a pagar un monto mayor al solicitado por la actora en su demanda inicial." "Se valora que el demandado no ha acreditado su capacidad económica, lo que permite presumir que puede afrontar la nueva cuota alimentaria." "La sentencia se retrotrae al momento de la presentación de la demanda, ya que la interpelación previa no se considera como demanda conforme el art. 669 del CCC."

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