MARTINO FRANCISCOC/ YAÑEZ ARIEL FABIAN Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El apelante M F C presentó un recurso de apelación que fue declarado desierto por no expresar agravios en tiempo y forma. La Cámara confirmó esta decisión aduciendo el incumplimiento de los plazos establecidos en el Código Procesal.
Actor: M F C Demandado: Y A F; OTRO/A Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. Decisión: Se declaró desierto el recurso interpuesto por el apelante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en el Acuerdo celebrado se dejó establecido que el apelante de fecha 8 de mayo de 2024 no expresó agravios tiempo y forma como lo dispone el art. 254 del C.P.C.C." Además, se destacó que "la parte interesada no dio cumplimiento en tiempo y forma a ello, presentando la fundamentación acompañada en fecha 21 de noviembre de 2024 en forma extemporánea." En consecuencia, la Cámara resolvió desestimar la impugnación del recurrente y declarar desierto el recurso.
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