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B. V. M. S/ RECURSO DE QUEJA

El defensor interponía un recurso de queja tras la inadmisibilidad de un recurso de casación respecto a la unificación de penas de V. M. B. La Cámara de Casación Penal declaró admisible la queja, pero resolvió que el recurso de casación era improcedente.

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Actor: Dr. Fernando Martín Rivero (Defensor Oficial) Demandado: V. M. B. Objeto: Unificación de penas. Decisión: Se declaró admisible la queja, pero se resolvió que el recurso de casación era improcedente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La queja resulta formalmente admisible en los términos del art 433 del CPP, toda vez que se encuentran reunidos los requisitos relativos al tiempo y a la forma de su interposición." "La queja no es procedente pues el recurso de casación fue bien declarado inadmisible." "En definitiva el planteo carece de la suficiencia pertinente a fin excepcionar los requisitos objetivos contenidos en el art. 450 del C.P.P."

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