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RODRIGUEZ JAQUELINA C/ ESTEVEZ ALAN EZEQUIEL Y ROLDAN JAZMIN S/INCIDENTE APELACION APORTES

Rodríguez Jaquelina interpuso un incidente de apelación respecto a la regulación de honorarios y aportes previsionales. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, estableciendo que los aportes previsionales son aplicables a los honorarios regulados a favor de los defensores ad-hoc.

Incidente Honorarios Aportes previsionales Defensor ad-hoc Justicia de paz Ley 6716 Ley 5827 Regulacion de honorarios Caja de prevision Obligacion previsional

Actor: Rodríguez Jaquelina Demandado: Estevez Alan Ezequiel; Roldan Jazmín Objeto: Impugnación de la regulación de honorarios y aportes previsionales. Decisión: Se confirmó la regulación de honorarios y la obligación de adicionar los aportes previsionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La adición de aportes prevista por el art. 12 de la ley 6.716 deviene ajustada a derecho en el caso traído a resolver... La actividad de todo abogado genera desde el inicio dos tipos de remuneraciones: una, su honorario profesional y paralelamente los aportes a la Caja de Previsión." "No encuentro razón fundante válida para hacer una distinción en este sentido entre la actividad privada y la designación bajo los parámetros antes aludidos, toda vez que se trata de labores profesionales efectuadas en el carácter de letrado y dentro de los límites de una actuación judicial." "Toda actividad profesional debe aportar a las Cajas Previsionales sin distinción alguna de que si ésta fuera devengada en forma 'particular' o en el caso de la designación como Defensor o Asesor 'ad hoc'."

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