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ISKRA MARIA LUDMILA C/ GAUNA SILVANA Y OTRO/A S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

El demandado interpuso recurso de apelación contra la sentencia de desalojo. La Cámara de Apelaciones declaró desierto el recurso por falta de presentación de agravios dentro del plazo establecido.

Desalojo Recurso de apelacion Desercion Plazo perentorio Expresion de agravios Procedimiento civil Inmueble Costa a cargo Camara de apelaciones Mar del plata

Actor: Maria Ludmila Iskra Demandado: Silvana Daniela Gauna Arriegada Objeto: Desalojo del inmueble sito en la calle Necochea Nro. 8457. Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El término que tenían los apelantes para presentar la expresión de agravios era de cinco días; y de conformidad con lo dispuesto por el art. 261 del C. Pr. en su primera parte, la falta de fundamentación en el referido plazo, conduce inexorablemente a la declaración de deserción." "Vale recordar que dicho plazo es perentorio, lo que supone que su solo vencimiento produce la caducidad del derecho que se ha dejado de usar." "Notificada la demandada del llamado a expresar agravios a través del sistema automatizado... y no habiendo a la fecha cumplido con dicha carga procesal, ha perdido el derecho a ejercerla."

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