A., S. L. S. C/ G., G. A. S/ ALIMENTOS (EXPEDIENTE DIGITAL)
Los actores solicitaron el establecimiento de una cuota alimentaria a favor de su hijo a cargo del demandado. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo el monto de la cuota alimentaria fijada en el 25% de los ingresos del demandado.
Actor: A.S.; L.S. Demandado: G.A.G. Objeto: Establecimiento de una cuota alimentaria a favor de su hijo. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que fijó la cuota alimentaria en el 25% de los ingresos del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental no está directamente relacionada con el cuidado personal compartido. Es posible que, aun cuando ambos progenitores compartan con sus hijos/as una cantidad de tiempo similar, uno de ellos esté obligado a pasar una cuota alimentaria al otro al contar con mayores ingresos." "Cabe tener en cuenta que el recurrente en ningún momento hizo mención a cuáles son sus ingresos, debiendo la Magistrada de grado tenerlos por demostrados de manera directa de los recibos aportados por la empleadora." "Es criterio preponderante sobre la cuestión de alimentos, que la imposición de costas en este tipo de proceso, no responde al principio general de vencido, sino a la naturaleza y finalidad de la prestación alimentaria."
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