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N., M. B. C/ N., S. R. S/ ALIMENTOS

El demandado apeló la resolución que fijó una cuota alimentaria provisorio del 20% de sus ingresos a favor de su hija mayor de edad. La Cámara confirmó parcialmente la decisión, modificando el monto de la cuota alimentaria a un 10% de los ingresos del demandado.

Proceso de familia Alimentos provisorios Cuota alimentaria Mayor de edad Derecho alimentario Modificacion de sentencia Recursos alimentarios Proporcionalidad Situacion economica Carga alimentaria


¿Quién es el actor?

N., M. B.

¿A quién se demanda?

N., S. R.
- Se reclama: Fijación de cuota alimentaria provisorio.
- Decisión del tribunal: Se confirma parcialmente la resolución apelada, modificando el monto de la cuota alimentaria provisorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La posibilidad de fijar una cuota alimentaria de carácter provisorio responde a una necesidad inmediata, que puede significar que durante la tramitación del proceso y hasta el dictado de la sentencia definitiva las necesidades insalvables tornen ilusorio el derecho del alimentado." "Es sabido que los hijos que llegan a los 21 años, por esa mera circunstancia, significa que se encuentran en condiciones de autosustentarse... la obligación alimentaria de aquellos que se capacitan, es decir, que estudian una carrera profesional, un oficio o arte..." "Considerando que el progenitor cuenta con otro hijo menor de edad... resulta apropiado proponer que se establezcan en un 10% de los ingresos del demandado descontados los aportes de ley."

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