P. M. D. C/ M. E. C. S/ LIQUIDACION DE REGIMEN PATRIMONIAL DE MATRIMONIO (ART. 250 CPCC) - ACTORA
El actor interpuso recurso de apelación contra la decisión que rechazó sus consideraciones en la liquidación de régimen patrimonial de matrimonio. La Cámara de Apelaciones declaró mal concedido el recurso, afirmando que la resolución apelada no era recurrible bajo el régimen del proceso sumario.
Actor: P. M. D. Demandado: M. E. C. Objeto: Revisión de la resolución que rechazó consideraciones en la liquidación de régimen patrimonial de matrimonio. Decisión: La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto el 02/03/2024.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Tribunal de Alzada se encuentra facultado para examinar todo lo relativo a la concesión del recurso... sin encontrarse obligado ni por la voluntad de las partes, ni por las resoluciones del Juez de grado (art. 271 C.P.C.C.)." "La resolución dictada el 27/02/2024 -en relación al rechazo de lo esgrimido por la actora... no escapa al régimen general de inapelabilidad citado..." "Corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto el 02/03/2024, sin costas de Alzada atento a como se resuelve la cuestión (art. 68, segundo párrafo, del C.P.C.C.)."
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