CAJA DE PREVISION DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ KARQUI GABRIELA ALEJANDRA S/ APREMIO
Se interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que desestimó la excepción de prescripción en un proceso de ejecución de aportes previsionales. La Cámara confirmó la decisión, considerando aplicable la ley 14.236 sobre prescripción decenal de deudas previsionales.
Actor: CAJA DE PREVISION DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Demandado: KARQUI GABRIELA ALEJANDRA Objeto: Ejecución de deuda por aportes previsionales por un total de $330.530, más intereses y costas. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó la excepción de prescripción y ordenó continuar con la ejecución de la deuda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Este Tribunal de Apelación no se encuentra obligado a seguir a los litigantes en todos sus razonamientos, ni a refutarlos uno por uno. Posee amplia libertad para examinar los hechos y las distintas cuestiones planteadas." "La extinción de la pretensión al cobro de dichos aportes debe juzgarse a la luz de los parámetros de la ley nacional 14.236 (art. 16) que organiza el Instituto Nacional de Previsión Social, norma que prevé la prescripción decenal y que deviene de aplicación analógica." "Si bien la apelante introduce este agravio, en los puntos 2 y 3 de su propio recurso en modo claro y preciso expresa que los períodos vencen a partir del 31 de enero del año siguiente. Es decir, se contradijo notoriamente."
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