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PILAS SUSANA ANGELICA C/ MARCHENA JUAN JOSE EDUARDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Susana Angélica Pilas demandó a Juan José Eduardo Marchena por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial modificó parcialmente la sentencia, elevando las indemnizaciones por gastos asistenciales y de movilidad.

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Actor: Susana Angélica Pilas Demandado: Juan José Eduardo Marchena; Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada Objeto: Daños y perjuicios por un accidente de tránsito. Decisión: Se confirmó la responsabilidad del demandado y se modificaron las indemnizaciones, elevando los montos por gastos asistenciales y de movilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El principio de reparación integral y la sana crítica justifican la elevación de las indemnizaciones. En relación a los gastos asistenciales, la suma otorgada resulta insuficiente... El perito médico señaló que la accionante debió ser intervenida quirúrgicamente... en cuanto a gastos de movilidad, también aquí juzgo insuficiente la suma otorgada." "Se presumen los gastos médicos, farmacéuticos y por transporte que resultan razonables en función de la índole de las lesiones o la incapacidad."

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