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C. S. M. C/ G. P. S/ ALIMENTOS

El actor promovió apelación contra la sentencia que fijó la cuota alimentaria en 1 salario mínimo vital y móvil. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la decisión, argumentando que la suma es acorde a las circunstancias económicas de los progenitores y las necesidades del menor.

Alimentos Cuota alimentaria Responsabilidad parental Progenitores Necesidades del menor Capacidad de contribucion Aporte en especie Situacion economica Proceso civil Mar del plata

Actor: C. S. M. Demandado: G. P. Objeto: Modificación del monto de la cuota alimentaria fijada en 1 salario mínimo vital y móvil. Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación de prestar alimentos a los hijos menores de edad surge de los deberes atinentes a la responsabilidad parental... La situación económica y social del alimentante como del alimentado, apreciadas a través de sus respectivas actividades y sistemas de vida; las necesidades de los hijos menores de edad... la extensión de la cuota ordinaria de alimentos no solo comprende los rubros de alimentación, vivienda y educación, sino que además también abarca los gastos de asistencia y gastos por enfermedad, vestimenta...". El tribunal consideró que "la Sra. S M C realiza, además de la manutención diaria de su hijo, un aporte -en especie
- mediante las tareas de cuidado personal y dedicación...". Finalmente, se subrayó que "el quantum de la pensión alimentaria debe alcanzar para cubrir las necesidades del alimentado y guardar íntima relación con el caudal económico de quien lo paga".

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