M SA C/ E. J. SRL S/ CUMPL CONTR.
El actor M. S.A. apeló la sentencia que condenó a E. J. S.R.L. a entregar un equipo, solicitando también intereses por el monto abonado. La Cámara modificó la sentencia, reconociendo el derecho a intereses desde la fecha de vencimiento de la obligación de entrega.
Actor: M. S.A. Demandado: E. J. S.R.L. Objeto: Entrega de un equipo y pago de intereses por el monto abonado. Decisión: Se modifica la sentencia apelada, reconociendo el derecho a intereses sobre el capital abonado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La actora reclama que al desembolsar el capital y no recibir el grupo electrógeno y su tablero, no sólo se vio privada de estos, sino también de invertir esos fondos en una renta básica como sería, por ejemplo, el plazo fijo." "Desde otra perspectiva la demandada sin duda usufructuó el dinero entregado por la compradora sin cumplir su parte del trato." "A partir de la mora del deudor, la actora no sólo no recibió los equipos debidamente instalados, sino que se vio privada de la propiedad del dinero entregado (art. 965, CCCN)." "Cabe tener presente que, a diferencia del régimen anterior, el Código produce una unificación de la responsabilidad civil contractual y extracontractual (arts. 1716 y 1717, CCCN)."
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