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TORRES HECTOR BERNARDO C/ PEREYRA JULIAN S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El demandante promovió acción por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. La Cámara revocó la decisión de primera instancia y decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la parte actora.

Recurso de apelacion Danos y perjuicios Caducidad de instancia Inactividad procesal Seguridad juridica Art. 310 cpcc Principio dispositivo Costas Resolucion del juez Accidentes automovilisticos

Actor: Torres Héctor Bernardo Demandado: Pereyra Julián Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. Decisión: Se revocó la sentencia del 6/2/2025 y se decretó la caducidad de instancia por falta de actividad procesal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El instituto de la caducidad de la instancia justifica su existencia en la falta de actividad por parte de los interesados y está regido por el principio procesal de la seguridad jurídica." "Frente a la intimación dispuesta la parte actora guardó silencio, pese a estar debidamente notificada." "Habiendo transcurrido un nuevo plazo de inactividad previsto por el art. 310 del Código de rito, pese a existir una primera intimación dispuesta para activar el trámite de las actuaciones, es que debe decretarse la caducidad de instancia."

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