C., M. E. C/ G., M. J. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor MEC promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo las indemnizaciones por incapacidad y daño moral.
Actor: MEC Demandado: MJG; Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. Decisión: Se modifican las indemnizaciones por incapacidad y consecuencias no patrimoniales, manteniendo el resto de la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La misión de la alzada es determinar, en base a los alcances del recurso, si la sentencia dictada en primera instancia ha sido justa y ello debe ser considerado conforme a las pautas vigentes y disponibles al tiempo en que aquella tuvo lugar." "La indemnización por incapacidad sobreviniente se reduce a $4.350.000, y las consecuencias no patrimoniales a $2.500.000, considerando la situación económica y social del actor y la naturaleza de las secuelas." "El daño psicológico no constituye un capítulo independiente del daño moral o material, sino una especie de uno o del otro."
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