Logo

JARA ROBERTO RICARDO C/ ARDIZZI AQUILES ENRIQUE S/ INCIDENTE DE REDARGUCION DE FALSEDAD

El actor interpuso un incidente de redargución de falsedad contra un pronunciamiento que dejó sin efecto una medida de no innovar. La Cámara desestimó el recurso por no corresponder, al no hallar agravio palmario que justifique su admisión.

Incidente Redargucion de falsedad Medida de no innovar Revocatoria in extremis Agravio palmario Costas de alzada Tribunal de alzada Procedimiento civil Contracautela Resolucion judicial

Actor: JARA ROBERTO RICARDO Demandado: ARDIZZI AQUILES ENRIQUE Objeto: Incidente de redargución de falsedad contra un pronunciamiento sobre una medida de no innovar. Decisión: Se desestima el recurso interpuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La admisión pretoriana del remedio de revocatoria 'in extremis' resulta procedente en aquellos supuestos en los cuales, encontrándose agotadas las demás vías recursivas, se trae a conocimiento del Tribunal la existencia de un agravio manifiestamente palmario en el decisorio que se ataca." "No corresponde sino su desestimatoria. Sin costas de Alzada por no haber mediado contradictor (art. 68, 2° párrafo, del CPCC)." "Huelga destacar también que la cuestión así introducida no guarda relación alguna ni se dirige a corregir supuesta deficiencia de lo decidido en el pronunciamiento del 06.05.2025."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar