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NASSO JOSE LUIS S/ SUCESION AB-INTESTATO

Los pretensos herederos apelaron la decisión que rechazó la prórroga de jurisdicción en la sucesión de José Luis Nasso. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, al considerar que el último domicilio del causante se encontraba fuera de su jurisdicción.

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Actor: Pretensos herederos Demandado: José Luis Nasso Objeto: Prórroga de jurisdicción en la sucesión Decisión: Se desestima la apelación y se confirma la resolución de primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El último domicilio de los causantes es el que fija la competencia territorial de los jueces en materia sucesoria. Dicha doctrina legal deviene aplicable en la especie, en atención a que del acta de defunción acompañada con el escrito de inicio se desprende que el causante José Luis Nasso tenía su domicilio en avenida Colón nro. 675 piso 6 departamento D, Córdoba capital, provincia de Córdoba." "Así pues, en concordancia con la postura asumida por la iudex a quo, ésta última condición falta en la causa, desde que la competencia que se pretende prorrogar corresponde a los tribunales de la Justicia de la provincia de Córdoba, ajenos al ámbito del estado local."

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