MONTECARA LUZ S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos y la regularización registral del inmueble en el expediente de sucesión. La decisión sustenta que se cumplió con los requisitos legales y registrales, disponiendo además la regulación de honorarios y la notificación electrónica a las partes involucradas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La resolución ordena la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en fecha 11/07/2023 respecto al inmueble identificado en autos, en la matrícula correspondiente en La Matanza. Se reconoce la operación de venta denunciada y se autoriza la inscripción sin necesidad de autorización adicional, conforme al art. 1º de la disposición técnico
- registral Nº 11/83 del Registro de la Propiedad Inmueble. Además, se regulan los honorarios del profesional interviniente, Dra. María Fabiana Salgado, en mérito a las tareas desarrolladas, y se ordena la remisión de informes y documentos complementarios para completar el trámite registral. La jueza señala que la documentación acompañada y los requisitos legales han sido cumplidos, disponiendo las notificaciones y registros correspondientes. Los fundamentos principales incluyen la adecuación a la normativa registral y la ley de honorarios, y la validez de la operación de venta sin autorización adicional, reafirmando la legalidad del procedimiento.
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