.................... S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE PENA DE EFECTIVO CUMPLIMIENTO EN CAUSA N°140-5750 IPP 03-00-004871-13 UFIJ N° 3 (J.E.P. 14675)
El defensor solicitó la concesión del beneficio de libertad asistida para J. P. L., condenado por homicidio en ocasión de robo. La Cámara de Apelaciones confirmó la denegación del beneficio, argumentando la extemporaneidad del planteo de inconstitucionalidad del art. 14 del Código Penal.
Actor: Dr. Nazareno Cejas (Defensor Particular) Demandado: J. P. L. Objeto: Concesión del beneficio de libertad asistida. Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la denegación del beneficio solicitado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No advierto obstáculo constitucional alguno a que se establezcan, de modo general, ciertas rigurosidades para ciertos delitos. El art. 14 C.P. en su redacción anterior -conforme Ley n° 25.892-, prevé límites en razón de la clase de delito de que se trate." "Al no haberlo realizado, no se encuentra habilitado a plantear tardíamente la inconstitucionalidad en cuestión." "Propicio se rechace el recurso interpuesto, y se confirme el pronunciamiento atacado, por encontrarse el mismo ajustado a derecho."
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