L. M. A. S/ INCIDENTE DE REGIMEN ABIERTO EN CAUSA Nª 15821 IPP 03-00-4592-10 UFIJ Nª 3 (J.E.P. 18796)
El defensor interpuso un incidente solicitando el ingreso de L. M. A. al régimen abierto en el contexto de su condena. La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal rechazó el recurso, argumentando que no se cumplían los requisitos necesarios para tal modificación del régimen penitenciario.
Actor: Dr. Carlos Alberto Fortini (Defensor Oficial) Demandado: L. M. A. Objeto: Ingreso al régimen abierto Decisión: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la denegatoria del ingreso al régimen abierto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Tribunal considera que la resolución recurrida se ajusta a derecho, cumpliendo con todos los requisitos de forma establecidos por la legislación respectiva y encontrándose correctamente motivada y fundada en derecho. [...] el paso al Régimen Abierto, si bien permite al condenado gozar de ciertas libertades, sigue encontrándose siempre dentro de la esfera del Servicio Penitenciario." "El informe psicológico destaca que el relato que utiliza es desafectivizado, sin observarse empatía hacia la víctima. [...] el delito por el cual ha sido condenado el causante (Abuso sexual gravemente ultrajante y Abuso sexual con acceso carnal, en concurso real), la grave pena impuesta en la sentencia de condena (nueve años de prisión), el prolongado tiempo que le resta al penado para el agotamiento de la pena [...] hacen que en este caso particular, entienda prematuro el otorgamiento al Régimen Abierto peticionado."
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