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M. G., E. S/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS EN CAUSA 13419 IPP 03-03-004847-13 UFIJ N°7 (JEP-18637)

El penado E. M. G. interpuso un incidente de salidas transitorias tras la denegación de su solicitud por el Juez de Ejecución Penal. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión del juez, argumentando la necesidad de continuar evaluando su tratamiento psicológico y su reinserción social.

Incidente Salidas transitorias Abuso sexual Evaluacion psicologica Reinsercion social Progresividad Denegacion Tratamiento penitenciario Ley 24.660 Cautela

Actor: Dr. Carlos Alberto Fortini (Defensor Oficial) Demandado: E. M. G. Objeto: Salidas transitorias del régimen penitenciario. Decisión: Se rechazó la apelación y se confirmó la denegación de salidas transitorias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El penado de autos, E. M. G., fue condenado por delitos de abuso sexual, y aunque cuenta con un dictamen favorable del DTC, existen elementos que justifican la negativa a las salidas transitorias. Los informes psicológicos y sociales sugieren que su reinserción debe ser evaluada con cautela, dado el carácter del delito y la necesidad de un tratamiento continuo." "El informe psicológico cobra vital importancia, y la perito ha sido contundente. En delitos de índole sexual, es crucial considerar la evaluación de los profesionales que conocen el caso, y la progresividad en la reinserción es esencial." "Se considera prudente continuar evaluando su desempeño en el Programa Casas Régimen Abierto sin Salidas antes de acceder a las salidas transitorias solicitadas."

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