H., G. A. S/INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA Y SALIDAS TRANSITORIAS EN CAUSA 18243 UFI 9 IPP 03-02-006784-23 (JEP-18323)
Se interpone un incidente de libertad asistida a favor de G. A. H. La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal revocó la resolución que denegaba el beneficio, ordenando su concesión bajo ciertas condiciones.
Actor: Defensa Oficial Demandado: G. A. H. Objeto: Libertad asistida Decisión: Se admite la apelación y se revoca la resolución que denegaba el beneficio de libertad asistida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los argumentos expuestos resultan insuficientes en el caso, frente a los aspectos favorables que reviste el penado, y dejan traslucir una deficiente motivación que, adelanto, conduce a su descalificación como acto jurisdiccional válido (cf. Art. 06 del CPP)." "La ley no exige el tránsito progresivo del penado hacia regímenes más autogestivos a los fines de acceder al beneficio peticionado (104 primer supuesto de la ley 12.256), resultando ser, tales regímenes penitenciarios, alternativos y no necesariamente secuenciales (art. 6 de la ley 12.256)." "Propongo admitir la apelación interpuesta por el penado y la Defensa Oficial; revocar la resolución recurrida; debiendo remitirse la causa al Juzgado de Ejecución Penal Dptal. a fin que se otorgue a G. A. H. el beneficio de libertad asistida (Art. 104, ley 12.256) sometido a las obligaciones que impone el artículo 106 de dicha norma."
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