SANTOPOLO ROMINA CARLA (33) C/ BRIZUELA PABLO MATIAS Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución que decretó la caducidad de instancia en el trámite del beneficio de litigar sin gastos, considerando que la inactividad del actor no justificaba la suspensión de los plazos y que la intención de continuar el proceso fue demostrada mediante acciones concretas, manteniendo la vitalidad del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Romina Carla Santopolo, interpuso recurso de apelación contra la resolución que decretó la caducidad de instancia en fecha 5/8/2024. La parte apelante argumentó que los plazos estaban suspendidos por el expediente principal LM-40530-2021, y que su intención fue siempre la continuación del proceso, por lo que la caducidad resultaba improcedente. La Cámara de Apelaciones analizó la normativa de caducidad en los arts. 310 a 318 del CPCC, destacando que el instituto tiene carácter excepcional y que la interpretación debe ser restrictiva. Además, se recordó que la jurisprudencia sostiene que la caducidad no debe decretarse cuando queda duda sobre la inactividad, pero sí cuando ha transcurrido el plazo sin acto impulsorio. En el caso, se evidenció que las actuaciones fueron impulsadas en fechas posteriores a la suspensión, específicamente en 21/6/2023, y que la inactividad del actor no se justificaba, ya que continuó con las acciones procesales. La sentencia sostuvo que "el agravio carece de sustento al no mencionarse la causa a la cual le imputa la imposibilidad de continuar con el trámite, sin abandonar el proceso, hecho que motivare la caducidad". Finalmente, la Cámara confirmó la resolución de grado que decretó la caducidad, imponiendo las costas a la parte vencida.
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