.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechaza el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de juicio abreviado en la causa Villavicencio, Rodrigo Nicolás s/ recurso de casación. La decisión se fundamenta en que el acuerdo de las partes fue válido y que los agravios no justifican su modificación.
El actor, Rodrigo Nicolás Villavicencio, fue condenado en un juicio abreviado tras un acuerdo con la Fiscalía y la defensa, en el que se le impuso una pena de tres años de prisión condicional por lesiones graves ocurridas el 18 de diciembre de 2022 en Bragado. La defensa interpuso recurso de casación alegando que la valoración probatoria fue arbitraria, que no se consideraron los aspectos de legítima defensa o estado de necesidad, y que la pena fue desproporcionada y mal fundamentada. El tribunal analiza si el recurso es admisible, confirmando que se cumplen los requisitos legales y que el derecho internacional garantiza que toda sentencia pueda ser revisada por un tribunal superior, incluso en trámite abreviado. En cuanto al fondo, el tribunal concluye que la conducta del imputado no presenta prueba suficiente de legítima defensa, que la valoración de la prueba fue adecuada, y que la pena impuesta respeta los principios de proporcionalidad y fundamentación. Además, corrige un error material en la fecha del hecho, estableciendo que ocurrió en 2022, no en 2023. La Cámara rechaza el recurso y confirma la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El sistema probatorio consagrado por el art. 210 C.P.P. no prevé formas determinadas para acreditar un hecho delictivo, lo que procura afianzar la búsqueda de la verdad como objeto del proceso, e impide sostener que sus reglas sometan la convicción acerca de un determinado hecho o circunstancia, a su comprobación por un medio de prueba específico." "El relato de la víctima y los testimonios de testigos directos aportan suficiente prueba de la agresión en la vía pública, sin que exista prueba de que el imputado actuara en legítima defensa o estado de necesidad." "El acuerdo de juicio abreviado, previo a la valoración de la prueba, fue celebrado libremente y con conocimiento pleno de las partes, por lo que la decisión del juez de no modificar la pena acordada resulta ajustada a derecho." "El monto de la pena de tres años en suspenso se ajusta a la gravedad del hecho y a los principios de proporcionalidad, sin que exista arbitrariedad ni falta de fundamentación."
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