P. A C/ C.D.H S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
La actora promovió recurso de apelación contra la sentencia dictada el 4 de junio de 2025. La Cámara declaró desierto el recurso por no haber fundado el mismo en el plazo correspondiente.
¿Quién es el actor?
POTOCCO ANACLARA, en representación de MARTINA NOGUERA.
¿A quién se demanda?
CHACRAS DE HUDSON.
- Objeto de la demanda: Apelación contra la sentencia dictada el 4 de junio de 2025.
- Decisión del tribunal: Se declara desierto el recurso de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La parte actora no fundó el recurso de apelación dentro del plazo de cinco días asignado, por lo que se considera desierto conforme al art. 261 del Código Procesal. La notificación de la resolución que convocaba a expresar agravios fue realizada adecuadamente, y el plazo vencía el 10/07/2025. El tribunal subraya: "corresponde, de conformidad con lo dispuesto por el art. 261 del Código Procesal, declararlo desierto".
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