OVIEDO EKEL RAMON C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A S/ PRETENSION ANULATORIA - PREVISION - RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY
El actor promovió un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la sentencia que revocó la nulidad de una resolución administrativa del OCEBA. La Corte provincial hizo lugar al recurso, argumentando la errónea interpretación de la normativa aplicable al régimen previsional del actor.
Actor: Ekel Ramón Oviedo Demandado: Fisco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Anulación de la resolución administrativa que determinó el destino de los aportes previsionales a la ANSES. Decisión: Se hace lugar al recurso extraordinario, revocando la sentencia de la Cámara y reenviando la causa para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La mera circunstancia de que el marco regulatorio eléctrico de la Provincia de Buenos Aires prevea expresamente que las relaciones del organismo con su personal se regirán por la Ley de Contrato de Trabajo (art. 63, ley 11.769 cit.), no conlleva indefectiblemente a la aplicación del régimen previsional derivado de tal legislación nacional... el depósito de los aportes previsionales del actor en los fondos de la ANSES carece de una previsión legal expresa y ha sido resuelta arbitrariamente por la demandada, violentando de tal manera una normativa de orden público local (decreto-ley 9.650/80)." "El Convenio Colectivo de Trabajo 36/75, en su art. 1 excluye expresamente a 'Los Directores, Vicedirectores, Subdirectores y Gerentes', por lo que sus disposiciones no resultan aplicables a la relación laboral del señor Oviedo atento al cargo por él desempeñado."
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