FAMA, VICENTE GUILLERMO Y OTROS c/ EN-DNM s/EMPLEO PUBLICO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia y reconoció el carácter remunerativo del adicional SIM para los períodos posteriores al 1 de noviembre de 2019, incluyendo descuentos por licencias médicas, y ordenó su pago íntegro.
- Quién demanda: Vicente Guillermo Fama y otros
¿A quién se demanda?
Dirección Nacional de Migraciones
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento del carácter remunerativo del adicional o suplemento por "Servicio de Inspección Migratoria" (SIM), incidencia en vacaciones, licencias, sueldo anual complementario, aportes previsionales y diferencias salariales desde los dos años anteriores a la demanda.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y reconoció el carácter remunerativo del SIM en todos los períodos posteriores al 1 de noviembre de 2019, incluyendo descuentos por licencias médicas posteriores a esa fecha y ordenó el pago de las diferencias salariales correspondientes, con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que la prueba producida, en particular el DEO Nº 14724014 del 18 de julio de 2024, demostraba el carácter habitual, regular y mensual con que era percibido el adicional SIM. Además, se fundó en la Disposición Nº DI-2019-5267-APN-DNM#MI, del 26 de noviembre de 2019, que estableció que el adicional sería remunerativo y bonificable desde esa fecha en adelante. La Sala interpretó que los descuentos por licencias médicas realizados después de esa fecha no desvirtuaban el carácter remunerativo del adicional, y que, en consecuencia, correspondía incluir también los períodos posteriores al reconocimiento en la liquidación de diferencias salariales, en la medida en que los descuentos se encuentren en los recibos de haberes, conforme al oficio DEO Nº 14724014.
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