AIR CANADA SUCURSAL ARGENTINA c/ EN - M INTERIOR - DNM - EX 25097664/22 s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Air Canada Sucursal Argentina promovió recurso directo contra el Estado Nacional (Ministerio del Interior - DNM) por asuntos vinculados al DNM. La Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró su incompetencia en razón del grado y ordenó el giro del expediente a la Secretaría General del Fuero para que se asigne un juzgado de primera instancia.
Actor: AIR CANADA SUCURSAL ARGENTINA. Demandado: EN – Ministerio del Interior – DNM (Dirección Nacional de Migraciones). Objeto de la demanda: Recurso directo interpuesto contra resoluciones/actuaciones de organismo externo (DNM) — expediente referido en la carátula como EX 25097664/22 s/ RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la incompetencia en razón del grado del Tribunal para entender en los autos y dispuso el giro del expediente a la Secretaría General del Fuero para la asignación de un juzgado de primera instancia; ordenó registro, notificación y cumplimiento del giro a la Mesa de Asignación de causas de la Secretaría General del Fuero.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
"I. Evaluados los antecedentes del caso, de conformidad con lo resuelto por esta Sala en autos CAF22.528/2025 “ZHOU, ZHIYING C/EN
- M° INTERIOR
- DNM
- EXPTE . 24.527/25 ISP. 48.641 66.435S/RECURSO DIRECTO DNM”, CAF27.988/2025 “ZHANG , FANGQIN C /EN
- M° DNM
- E X. 76878902/23 SRECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO ” y CAF22.224/2024 “X D UMONT SA C/EN
- M° I NTERIOR
- DNM
- E XPTE. 29560986/23S/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO ”, todas las resoluciones del 29/8/2025, y en línea con lo allí dictaminado por la Fiscalía General de Cámara (ver 1, 2 y 3), corresponde declarar la incompetencia –en razón del grado– del Tribunal para entender en autos, correspondiendo su radicación ante la primera instancia del Fuero, a cuyos efectos ha de sortearse el juzgado actuante."
"II. A todo evento, se añade que en igual sentido se han pronunciado la Sala I del Fuero, en autos CAF16.477/2025 “LONDOÑO OSORIO, HON JAIRO C/EN
- M° INTERIOR – DNM
- EXPTE . 14731/14SRECURSO DIRECTO DNM”, resol. del 27/8/2025; la Sala III del Fuero, en autos CAF23.503/2025 “LAVAMEDRANDA, OSÉ SEBASTIÁN C/EN
- M° I NTERIOR
- DNM
- EXPTE. 82047/22 S/RECURSO DIRECTO DNM” y CAF5147/2025 “AMERICAN AIRLINES INC. C /EN
- DNM
- EXPTE. 122619968/22 S/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO ”, ambas resols. del 26/8/2025; y la Sala IV del Fuero, en autos CAF18.911/2024 “ANEVY, IEGO DANIEL C/EN
- M° NTERIOR
- DNM
- EXPTE. 234733/89 SRECURSO DIRECTO DNM” y CAF23.604/2025 “BILDINA, VALERIA C/EN
- M° NTERIOR
- DNM
- EXPTE . 152801/22 ISP. 192535/25S/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO ", ambas resols. del 26/8/2025."
Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia registrados en el bloque dispositvo final; la resolución es colegiada y ordena la remisión a primera instancia.
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