ROBLEDO, FLORENCIA ANABEL c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Sala V rechazó el recurso de apelación presentado por la demandada y confirmó la decisión que rechazó el cobro forzado del crédito por no haberse acreditado aún su depósito, considerando que la parte demandada aún podía diferir el pago por la prerrogativa de la ley.
Quién demanda: Florencia Anabel Robledo
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro del crédito por condena en concepto de capital e intereses, reconocimiento judicial y liquidación aprobada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación en subsidio de la demandada y confirmó la decisión del juez de grado de no proceder a la ejecución forzada, dado que la demandada aún no acreditó el depósito del monto correspondiente, ya que podía diferir el pago en virtud de la prerrogativa legal. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal explicó que la ejecución no podía continuar porque, a la fecha de la resolución, la parte actora no se encontraba habilitada para promoverla, debido a que la demandada podía diferir el pago del crédito reconocido legalmente en virtud del artículo 22 de la Ley nº 23.982 y la normativa complementaria. Se invocó jurisprudencia consolidada, como la sentencia del 01/12/2020 y la del 22/04/2021, y principios de la ley presupuestaria que permiten diferir el pago en caso de insuficiencia de partidas. Además, se destacó que la parte demandada no acreditó aún el depósito del monto, pese a estar vencido el plazo para ello, por lo que se rechazó el recurso de apelación y se dispuso la distribución de costas en el orden causado.
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