PADILLA, ROLANDO DANIEL Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PSA-DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que ordenó la incorporación de la compensación “por Racionamiento” en el haber mensual de los actores, considerando que la misma cumple con los requisitos de carácter remunerativo y bonificable, y que la normativa aplicable respalda dicha percepción. La decisión se fundamenta en la interpretación de la normativa y en precedentes de la Corte Suprema que avalan la percepción general y automática de asignaciones similares.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Rolando Daniel Padilla y otros, demanda contra el Estado Nacional — Ministerio de Seguridad — Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), reclamando la inclusión en su haber mensual de la compensación denominada “por Racionamiento” con carácter remunerativo y bonificable, además del pago de diferencias devengadas desde los dos años anteriores a la demanda hasta su efectivo pago. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, condenando a la demandada a incorporar dicha compensación y a pagar las diferencias, intereses y costas. La Cámara confirma dicha decisión, argumentando que la percepción de la asignación cumple con los requisitos establecidos por la normativa y los precedentes de la Corte Suprema, en particular que la percepción debe ser general, sin condiciones específicas y sin limitación temporal. La apelación de la PSA fue desestimada, y se reiteró la necesidad de respetar los lineamientos jurisprudenciales y la normativa vigente, incluyendo las pautas de liquidación y los intereses. La Cámara también ratificó que las diferencias salariales deben abonarse con los accesorios devengados hasta el pago efectivo, ajustándose a los precedentes de la Corte Suprema en los casos “Zanotti” y “Ibáñez Cejas”.
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