LEPIDO, TOMAS ANTONIO Y OTRO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativo Federal – Sala II rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en una cuestión de ejecución de intereses y fijó la inapelabilidad de la providencia en base al monto, confirmando la liquidación y distribuyendo costas según corresponda.
Quién demanda: Tomás Antonio Lepido y Felix Manuel Costa (co-actores).
¿A quién se demanda?
En-m Seguridad
- PFA (Policía Federal Argentina).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra la liquidación de intereses practicada por la jueza de grado, solicitando que la diferencia en la liquidación sea revisada y modificada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación y declaró que la diferencia en la liquidación no supera el mínimo legal para su revisión, haciéndolo inapelable conforme al artículo 242 CPCCN. Se confirmó la liquidación inicial y las pautas fijadas por la jueza de grado. Fundamentos principales de la decisión: “la diferencia entre la liquidación de intereses practicada por el coactor Lepido ($ 2.983.464,19) y el total utilizando las pautas fijadas por la Sra. Jueza a quo ($ 986.388,87), no supera el mínimo legal establecido conforme al mencionado artículo 242 CPCCN, texto según ley 26.536 (confr. Ac. 10/2024), la providencia de fecha 9/06/2025 resulta inapelable en razón del monto resultado de esa diferencia”. Asimismo, se sostuvo que “las costas de esta instancia relativas a la incidencia bajo examen se distribuyen por su orden”, en línea con los artículos 68 y 69 del CPCCN.
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