CASTILLO, NAHUEL MAXIMILIANO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PSA-DTO 836/08 2140/13 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara confirmó en sustancia la sentencia que reconoció el carácter remunerativo y bonificable de suplementos y compensaciones a favor del personal de la PSA, en línea con pronunciamientos anteriores, y modificó la distribución de costas, manteniendo la línea jurisprudencial y considerando la derogación de los suplementos a partir de abril de 2022.
- Quién demanda: Personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y otros.
¿A quién se demanda?
El Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos por actividad riesgosa, exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria, y compensaciones por vivienda, vestimenta, racionamiento y zona, desde dos años anteriores a la presentación de la demanda.
¿Qué se resolvió?
La sala hizo lugar a la apelación y confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto al reconocimiento de tales suplementos y compensaciones, remitiéndose a pronunciamientos precedentes de la Sala y de la Corte Suprema. Se modificó la distribución de costas en primera instancia y en esta instancia a cargo de la parte demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sala consideró que los antecedentes jurisprudenciales de la Sala y de la Corte Suprema sustentan el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones reclamados, aunque desde el 1° de abril de 2022 el artículo 15 del decreto 142/2022 derogó dichos suplementos. La sentencia también abordó aspectos relativos a intereses, tasas y capitalización, concluyendo que las diferencias devengadas deben liquidarse conforme al criterio del fallo “Ramirez”, y que la capitalización de intereses en los términos del art. 770 del CCCN no resulta procedente por principio de congruencia y debido proceso. La disidencia parcial de la jueza Heiland argumentó que no procede la capitalización de intereses por no haber sido solicitada en la demanda en los términos de la normativa.
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