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REFINERIA DEL NORTE SA (TF 154314952-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso extraordinario federal interpuesto por el Fisco Nacional contra una sentencia que declaró la inconstitucionalidad del derecho de exportación establecido en el artículo 1° del decreto 793/18 y ordenó la devolución del pago realizado. La Sala consideró que los planteos del recurrente resultaban insustanciales y que la sentencia se ajustaba a la jurisprudencia vigente, por lo que la cuestión no presentaba un interés federal relevante.

Recurso extraordinario Arbitrariedad Inconstitucionalidad Jurisprudencia Corte suprema Constitucionalidad Devolucion de pagos Derecho de exportacion Camara federal Fallos: 337:388

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, Refinaría del Norte S.A., demandó a la Dirección General de Aduanas (DGA) por la declaración de inconstitucionalidad del derecho de exportación establecido en el artículo 1° del decreto 793/18, respecto del período comprendido entre su entrada en vigencia y la ley 27.467, y reclamó la devolución de los importes abonados con intereses.
- La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a la demanda, revocó la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación y declaró la inconstitucionalidad del derecho de exportación, ordenando la devolución del pago y los intereses previstos en el artículo 811 del Código Aduanero.
- La sentencia fundamentó que la jurisprudencia de la Corte Suprema, en fallos como Fallos: 337:388 y otros, establece que las cuestiones federales son insustanciales cuando una jurisprudencia clara y aplicable impide toda controversia seria. Además, el tribunal consideró que los planteos del Fisco en el recurso extraordinario carecían de fundamentos suficientes y que la sentencia recurrida se ajustaba a los precedentes.
- La Corte Suprema, en su análisis, precisó que la arbitrariedad invocada no cumple los requisitos para su reconocimiento, ya que la parte recurrente no demostró que la sentencia fuera una derivación irrazonada o sin fundamento normativo, y que la decisión fue una consecuencia razonada de la normativa aplicable.
- Por ello, la Cámara declaró inadmisible el recurso extraordinario federal, con costas.

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