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INGLESI JAVIER EZEQUIEL C/ LOPEZ PABLO MARCELO Y OTRO/A S/DESPIDO

Tribunal del Trabajo Nº 6 de Avellaneda Lanús declara la caducidad de instancia por inactividad procesal y fija costas a la actora, además regula honorarios profesionales. La decisión se fundamenta en que transcurridos más de seis meses sin impulso procesal, se intimó a las partes y no se retomó el trámite, en cumplimiento del art. 11 ley 15.057. La votación fue unánime, compartiendo los fundamentos del Dr. Cabrera.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El Tribunal del Trabajo Nº 6 de Avellaneda Lanús, en autos que tramitan la demanda de Javier Ezequiel Inglesi contra Pablo Marcelo Lopez y otro por despido, resolvió declarar la caducidad de instancia debido a que, tras una intimación realizada el 4/4/23 por inactividad superior a seis meses, no se reactivó el proceso. El tribunal señaló que, conforme al art. 11 de la ley 15.057, "transcurridos más de seis meses de inacción sin que se hubiera instado el curso del proceso", corresponde declarar la caducidad, y que "la inactividad procesal es un motivo válido para la pérdida de la instancia". Además, dispuso que las costas sean soportadas por la actora y reguló honorarios profesionales en 7 jus, con la adición del 10% de aporte legal e IVA. La fundamentación principal se basa en que "la intimación fue debidamente notificada y transcurrido el plazo sin reactivación, procede la declaración de caducidad". Se omitieron votos en disidencia, ya que los tres jueces coincidieron en la decisión.

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