GONZALEZ MAXIMILIANO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El tribunal resolvió declarar la incompetencia territorial del Tribunal del Trabajo N° 5 de La Plata en una causa por accidente de trabajo, fundamentando que la elección de la Comisión Médica Jurisdiccional en Ramos Mejía determina la competencia del tribunal de La Matanza. La decisión se basa en la normativa legal y jurisprudencial aplicable al régimen de riesgos del trabajo en la provincia de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Maximiliano Gonzalez, demanda a la Provincia de Buenos Aires
- Ministerio de Cultura y Educación reclamando prestaciones del régimen de riesgos del trabajo. La demanda se inició en virtud de que el actor cumplió con el trámite administrativo previo ante la Comisión Médica Jurisdiccional N° 382, ubicada en Ramos Mejía, tras ejercer la opción prevista por la Ley 27.348. La Sala analizó la normativa y jurisprudencia relacionada, destacando que la competencia territorial en estos casos se determina por la elección del domicilio de la Comisión Médica que intervino en el trámite, y que dicha elección prima facie determina la competencia del tribunal de La Matanza. La sentencia cita la jurisprudencia de la SCBA y las leyes 15.057 y 27.348, concluyendo que el tribunal de La Plata no es competente para entender en la causa. La decisión se fundamenta en que la opción del trabajador por la Comisión Médica ubicada en Ramos Mejía hace que la competencia corresponda a los tribunales del Departamento Judicial de La Matanza. La resolución declara la incompetencia del tribunal y ordena su remisión al tribunal competente, sin costas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: