AGUIRRE ELIAS DAVID C/ BERKLEY INTERNATIONAL ART S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
Homologación de acuerdo conciliatorio en reclamo por accidente in-itinere. La Cámara homologó la conciliación y dispuso el pago de $14.000.000, con costas a cargo de la demandada, y reguló honorarios y pagos de tasas y aportes, confirmando la validez del acuerdo y su cumplimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Agirre Elias David, demanda a Berkley International Art S.A. por un accidente in-itinere. Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio por $14.000.000 el 02/09/2025. El tribunal evaluó que el acuerdo fue celebrado libremente, cumple con los requisitos legales y no afecta derechos reconocidos ni disposiciones de orden público. La homologación se fundamenta en que "el acuerdo conciliatorio de fecha 02/09/25 por la suma de $14.000.000 fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes". Añadieron que "no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público". La decisión se basa en los artículos 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, 1641 y sigs. del Código Civil y Comercial, leyes 24.557 y 26.773, y demás normativa aplicable. Se homologó el acuerdo en todas sus partes, con costas a cargo de la demandada, y se reguló honorarios profesionales, peritos y pago de tasas, incluyendo la intimación a la demandada para acreditar el pago de la Tasa de Justicia. La resolución confirma que "el acuerdo conciliatorio debe homologarse en virtud de que cumple con los requisitos legales y no existe impedimento legal para ello". En caso de incumplimiento, se prevé la ejecución de la tasa y contribución, y la acreditación de pagos en forma directa a los beneficiarios.
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