Logo

GONZALEZ JONATHAN LUCIANO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La Cámara de Trabajo en General San Martín confirmó la sentencia que reconoció una incapacidad del 9,31% en favor del actor y condenó a la aseguradora a pagar una indemnización de más de seis millones de pesos por accidente in itinere. La decisión se fundamentó en la pericia y en la acreditación del nexo causal.


- Quién demanda: JONATHAN LUCIANO GONZALEZ

¿A quién se demanda?

PROVINCIA A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por incapacidad parcial, permanente y definitiva del 9,31% por accidente de trabajo ocurrido el 8/2/24, y reconocimiento de derechos derivados del art. 14 ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la acción, reconociendo la incapacidad y condenando a la aseguradora a pagar la suma de $6.624.273 en concepto de indemnización, más intereses y costas. Se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad y se confirmó la decisión de primera instancia. La sentencia se fundamentó en la pericia que determinó la incapacidad en 9,31% y en la existencia del nexo causal. Además, se reguló el pago de honorarios y costas, y se dispuso la acreditación de datos bancarios para el pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Del informe de AFIP agregado en autos surgen las remuneraciones correspondientes al año anterior al accidente (8/2/24) de las que extraigo el valor mensual del ingreso base en los términos del art. 12 LRT de $385.052,82. De acuerdo a lo expuesto en la demanda y lo que extraigo del expediente administrativo, el día 8/2/24 la actora sufrió un accidente in itinere. El accidente ha sido aceptado, pero en la instancia administrativa no se determinó incapacidad vinculada al hecho. No se ha acreditado la percepción de las prestaciones de la ley 24.557. Sin embargo, en la pericia producida en autos, el experto determinó que el actor presenta incapacidad, de grado parcial y carácter permanente, en relación causal con el accidente por: limitación funcional de tobillo (2%), lumbalgia (2%) y RVAN Grado II (3%) del orden del 9,31%, incluidos los factores de ponderación. Las observaciones formuladas al informe no conmueven sus fundamentos, por lo que voy a estar a sus conclusiones (art. 474 del CPCC). Entrando a considerar la procedencia de la demanda, habiéndose acreditado que el actor es portador de incapacidad psicofísica del 9,31%, en relación causal con la conting

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar