CEDRON MERY ALEJANDRA C/ I.M.E.C (INSTITUTO MEDICO DE LA COMUNIDAD S.A) S/ DESPIDO
La Cámara de Trabajo de Junín admite el recurso de aclaratoria y revocatoria in extremis interpuesto por la actora, corrige la sentencia y condena a la demandada a abonar una suma de $20.584.127 por indemnización y conceptos laborales, incluyendo actualización e intereses, confirmando la decisión en sus fundamentos y sin costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Mery Alejandra Cedrón, interpuso recurso de aclaratoria y revocatoria in extremis contra una sentencia dictada el 2 de septiembre de 2015, alegando un error en el cálculo de la mejor remuneración mensual, normal y habitual, que debía tener en cuenta el salario de marzo de 2023 en lugar del de abril de 2021. La Cámara analizó la procedencia del recurso, concluyendo que cumple con los requisitos para corregir errores materiales, y decidió admitirlo. El tribunal corrigió la sentencia y dispuso que la condena incluya el pago de $20.584.127 en concepto de indemnización por antigüedad, SAC antigüedad, preaviso, días trabajados, integración del mes de despido, vacaciones no gozadas, multas y otros conceptos, con actualización según el IPC del INDEC y un interés del 6% anual. La decisión se fundamenta en que la remuneración considerada debe ser la mejor, normal y habitual, de acuerdo con la ley y la jurisprudencia, y que la corrección no altera sustancialmente la sentencia. La sentencia se dicta sin costas por la forma en que se resuelve.
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