RIVET KARINA CECILIA C/ MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO Y OTRO (H.C.D.) S/ AMPARO POR MORA
La sentencia de primera instancia declaró procedente el amparo por mora contra la Municipalidad y el Concejo Deliberante de San Pedro, ordenando que respondan en 10 días sobre la información solicitada respecto del cumplimiento de la Ley 12.276 y el plan regulador, confirmando la existencia de incumplimientos administrativos y la procedencia del amparo por mora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Karina Cecilia Rivet, junto con más de 200 vecinos, interpuso acción de amparo por mora contra la Municipalidad de San Pedro y su Honorable Concejo Deliberante, solicitando información sobre la comisión ad hoc de arbolado público y el presupuesto asignado para el plan regulador 2025, así como el cumplimiento del plan para 2024. La Municipalidad y el H.C.D. no respondieron en tiempo razonable, incumpliendo los arts. 48, 50, 71 y 77 de la Ordenanza General 267/80, lo que motivó la sentencia favorable. El tribunal concluyó que la demora supera los plazos razonables y que las respuestas brindadas fueron insuficientes, ordenando a los órganos municipales que en 10 días respondan la información requerida, imponiendo costas a la administración y regulando honorarios en favor de la actora. La decisión se fundamenta en que no se aportó respuesta concreta a los requerimientos específicos y en la normativa del procedimiento administrativo y constitucional aplicable, resaltando la obligación de la autoridad administrativa de impulsar y responder los trámites sin retraso.
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