FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GIOIA HECTOR NORMANDO S/ APREMIO PROVINCIAL
Fallo que ordena la ejecución de apremio por deuda de $1.336.965,40, con intereses y tasas según normativa vigente, disponiendo el remate y regulación de honorarios. La sentencia confirma la existencia de la deuda y ordena el cumplimiento forzado del pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juez dictó sentencia en un proceso de ejecución fiscal promovido por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires contra Héctor Normando Gioia por una deuda de $1.336.965,40. La resolución establece que, al no haberse opuesto excepciones dentro del plazo legal, se procede a la ejecución forzada hasta que el deudor efectúe el pago. La decisión se fundamenta en la normativa del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, en particular los arts. 540, 549, 556, y en la Ley 13.406, Art. 25. Se dispuso que la liquidación de intereses sea conforme a la tasa vigente del Banco de la Provincia de Buenos Aires incrementada en un 150%, con la obligación de acompañar planilla de liquidación. Además, se dejó constancia que la intimación de pago se realizó en la dirección fiscal del deudor, y se ordenó el archivo de las actuaciones tras el cumplimiento de la ejecución. La sentencia no menciona la existencia de recursos posteriores ni de votos disidentes.
Fundamentos principales:
"De conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor HECTOR NORMANDO GIOIA haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO CON 40/100 ($1.336.965,40) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda..."
"Al practicarse la liquidación, deberá acompañarse planilla donde conste la evolución de la tasa a aplicar, determinando el liquidador en el líbelo a presentar por columnas el período, días, tasas e importes, para una correcta individualización..."
"Déjase constancia que la diligencia de intimación de pago se efectivizó en la calle FISCAL: CALLE TRES ARROYOS
- NRO. 4297
- CP. 1613
- LOC. LOS POLVORINES, Provincia de Buenos Aires..."
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