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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MENYAZ SRL S/ APREMIO PROVINCIAL

Fallo que ordena el cumplimiento de la ejecución y pago del capital reclamado por la Provincia de Buenos Aires contra MENYAZ SRL en proceso de apremio, confirmando la regularidad del procedimiento y dejando constancia de la intimación de pago efectuada.

Intereses Ejecucion Liquidacion Intimacion de pago Ley 13.406 Proceso de apremio Cumplimiento. Tasa ajustada Deuda provincial Tasas del banco de la provincia

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Provincia de Buenos Aires, en calidad de acreedor, promueve un proceso de apremio contra MENYAZ SRL para el cobro de una suma de $2.269.137,20, más intereses calculados desde la interposición de la demanda. La resolución dispuso que, por no haberse opuesto excepciones en tiempo y forma, se considere el derecho del demandado como perdido y se ordene la ejecución de la deuda. La sentencia también confirmó la validez de la diligencia de intimación de pago efectuada en la dirección del deudor y estableció que la ejecución continúe hasta que el deudor realice el pago íntegro. La liquidación de intereses será ajustada a tasas vigentes del Banco de la Provincia de Buenos Aires, incrementadas en un 150%, con regulación de honorarios diferida. La resolución fundamenta que la falta de oposición en el plazo legal implica la validez del proceso y la necesidad de hacer efectivo el cobro. Fundamentos principales: "El que no opuso excepciones dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)." "De conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406, se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor MENYAZ SRL haga íntegro pago." "La liquidación será ajustada a la tasa vigente del Banco de la Provincia de Buenos Aires, incrementada en hasta un 150%, y deberá acompañarse planilla con evolución de la tasa, determinando el liquidador en el libelo a presentar por columnas el período, días, tasas e importes." "Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se efectivizó en la calle Sabattini 4845, Caseros, Provincia de Buenos Aires, conforme a las constancias adjuntas."

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