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REYNOSO SUSANA BEATRIZ C/ CASAFUS CLAUDIA ELENA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

La Cámara corrige omisión en sentencia y hace lugar a la demanda de desalojo contra la demandada y ocupantes, condenándolos a desalojar en 10 días, bajo apercibimiento de lanzamiento

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia fue dictada en autos de desalojo promovido por REYNOSO SUSANA BEATRIZ y CARLOS DANIEL LONGOBARDO contra CASAFUS CLAUDIA ELENA, y/u ocupantes, respecto del inmueble sito en Tucumán 2665 Planta Baja Frente, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires. La Cámara, en atención a una omisión en la resolución, rectifica la parte dispositiva y finalmente hace lugar a la demanda, condenando a la demandada y ocupantes a desalojar en un plazo de diez días a partir de la notificación, bajo apercibimiento de lanzamiento. La fundamentación central se basa en la corrección de la omisión y en la aplicación del art. 166 inc 2 del CPCC, estableciendo que la demanda debe prosperar y ordenando el desalojo en los términos solicitados. No se registran votos disidentes ni argumentos adicionales relevantes en la resolución.

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