CIA. FINANCIERA ARGENTINA S.A. C/ ALMEIDA FABIANA ELIZABETH S/COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordena continuar con la ejecución contra la demandada por el monto adeudado, imponiendo costas a la parte demandada y dejando en firme la constitución del domicilio del demandado en el juzgado. La decisión se basa en la pérdida del derecho del accionado de oponer excepciones y en la procedencia del cobro ejecutivo del capital adeudado más intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal ordenó continuar con la ejecución contra CIA. FINANCIERA ARGENTINA S.A. por el monto de $1.606, correspondiente a capital, honorarios y aportes, con intereses desde el 09/05/2016 hasta efectivo pago, en línea con lo establecido en el art. 54 ley 8904. La decisión se fundamenta en que el término para que el accionado oponga excepciones legítimas venció, y no se presentaron, por lo que se le hizo efectivo el apercibimiento y se le declaró perdido el derecho de defensa. Además, se impusieron las costas a la parte demandada y se difirió la regulación de honorarios. La constitución del domicilio en los Estrados del Juzgado fue considerada válida para notificaciones. La sentencia se basa en la normativa del CPCC en sus arts. 497, 498, 499, 503 y 506.
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