DIEGUEZ JOAQUIN JORGE Y OTRO/AC/ ARDANAZ NELIDA NARCISA Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
La demanda de usucapión fue rechazada por el tribunal, concluyendo que no se acreditó la posesión “animus domini” requerida para la adquisición del dominio mediante usucapión, y confirmando la titularidad de los inmuebles a favor de los actuales titulares registrales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, conformada por Jorge Horacio Dieguez, Carmen Mabel Cariati, Joaquin Jorge Dieguez y Jose Martin Dieguez, quienes habían cedido derechos posesorios a los actuales demandantes, solicitaban la declaración de usucapión sobre tres parcelas en el Partido de Ezeiza.
- La demandada, Nélida Narcisa Ardanaz, alegó que mantiene la propiedad mediante título y acredita pagos de impuestos desde su adquisición, negando abandono y posesión “animus domini”.
- El tribunal analizó las pruebas documentales y testimoniales, concluyendo que los actores no acreditaron la posesión continuada y pacífica en los términos exigidos por la ley, y que la prueba presentada, principalmente el plano de mensura y documentación de pago de impuestos, resultó insuficiente.
- Se resalta que la única prueba adecuada, el plano de mensura, fue confeccionada después del inicio del proceso, y que no se acreditó el cumplimiento de los requisitos legales para la usucapión.
- Además, se verificó la titularidad registral y la existencia de la propiedad en manos de los demandados, concluyendo que la acción no prosperó.
- Las costas del juicio se impusieron a la parte actora, por haber sido la vencida.
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