VILLANUCCI MIGUEL ANGEL C/ IBARRA BRIAN EZEQUIEL Y OTRO/A S/ ACCION DE DESPOJO
La sentencia rechaza la acción de despojo promovida por el actor contra los demandados, fundamentando en la insuficiencia probatoria de la posesión alegada y la inexistencia de actos materiales que acrediten la desposesión. La Cámara confirma la decisión de primera instancia por considerar que no se ha probado la posesión previa suficiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, M.A.V., demanda a los Sres. B.E.I. y A.F. en virtud de una acción de despojo respecto del inmueble en Calabria N°5961, alegando posesión pública, pacífica e ininterrumpida durante 10 años, y que fue interrumpida en octubre de 2023 cuando los demandados dejaron de pagar alquileres y se negaron a desalojar. Sin embargo, la sentencia señala que la prueba documental y testimonial presentada no alcanza a demostrar la posesión efectiva del actor en el momento del supuesto despojo. La jurisprudencia citada destaca que la prueba de la posesión debe consistir en actos materiales que evidencien la ocupación efectiva y que los instrumentos privados, como los boletos de compra venta fechados hace más de 25 años, no acreditan la posesión actual. La declaración de rebeldía de los demandados no genera por sí sola una presunción suficiente para fundamentar la decisión. La sentencia concluye que no se ha demostrado el hecho constitutivo del despojo, por lo que se rechaza la demanda y se imponen las costas a la parte actora.
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