POSSE MARCELA ALEJANDRA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia declara la restricción de la capacidad de la Sra. Marcela Alejandra Posse por un período de tres años, estableciendo un sistema de apoyo a cargo de la Sra. Adriana Alicia Benvenuto, y rechaza la propuesta de apoyo del Sr. Carlos José Julián Benvenuto. La decisión se fundamenta en el informe pericial que diagnosticó retraso mental grave, síndrome de Patau, hipoacusia bilateral, y en la evaluación de los vínculos y antecedentes familiares, priorizando la protección y autonomía de la incapaz.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en relación con la revisión de una declaración de incapacidad de la Sra. Marcela Alejandra Posse, en virtud de una pericia interdisciplinaria que diagnosticó retraso mental grave, síndrome de Patau y hipoacusia bilateral. La resolución establece que la causante requiere asistencia y supervisión permanente, con un sistema de apoyo designado en la Sra. Adriana Alicia Benvenuto, quien ha demostrado idoneidad y compromiso, y cuya designación fue ratificada por la progenitora de la incapaz. La resolución también rechaza la propuesta de apoyo del Sr. Carlos José Julián Benvenuto, por las dificultades en la administración conjunta y el vínculo conflictivo, y autoriza las visitas del mismo a la incapaz, diferiendo las decisiones sobre salidas. La medida se mantiene por tres años, con posibilidad de modificación si las circunstancias cambian. La fundamentación se basa en la protección integral de los derechos de las personas con discapacidad, en los principios del Código Civil y Comercial y en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, destacando que la capacidad general se presume y las limitaciones deben ser excepcionales, con intervención de apoyos. La evaluación interdisciplinaria fue unánime en determinar la necesidad de restricción de capacidad y la conveniencia de un sistema de apoyo, priorizando la protección de la autonomía y la comunicación de la incapaz.
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